Renovación autorización puesto venta ambulante (mercadillos municipales)

Renovación autorización venta no sedentaria en ubicación fija con carácter periódico

Renovación anual de las autorizaciones de venta no sedentaria a los titulares que lo solicitan

Persona física o jurídica que posea una autorización de venta no sedentaria en ubicación física con carácter periódico

Mes de septiembre de cada anualidad

Registro General del Ayuntamiento de Alcoy o Sede Electrónica

Departamento de Comercio

3 meses
Desestimatorio

Recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39 / 2015, de 1 de octubre, o interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado contencioso-administrativo de Alicante, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación de esta resolución

Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula venta no sedentaria en la Comunidad Valenciana; Ordenanza reguladora del ejercicio de la venta fuera del establecimiento comercial en su modalidad de venta no sedentaria

Ninguna

Para renovar la autorización de venta no sedentaria, lo titulares de la misma tendrán que estar al corriente en el pago de las deudas tributarias locales

Declaración Responsable Común (anexo II)

Solicitud autorización venta no sedentaria anexoI

Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentación requerida
Solicitud de autorización-comunicación para el ejercicio de la venta no sedentaria (anexo I)
Declaración responsable común (anexo II)
Alta IAE
Acreditación de encontrarse de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas y al corriente de la cuota o declaración de exención
Informe de vida laboral
DNI, NIE o CIF
Seguro de Responsabilidad Civil
Carnet en vigor de manipulador de alimentos (en caso de comestibles)