Baja de las autorizaciones de venta no sedentaria a los titulares que lo soliciten
Persona física o jurídica que posseïsca una autorització de venda no sedentària en ubicació física amb caràcter periòdic
Sin plazo
Registro General del Ayuntamiento de Alcoy o Sede Electrónica
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución, en virtud de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Alicante, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación de esta resolución. Todo ello sin perjuicio de que usted pueda interponer cualquier otro que estime procedente
Decreto 65/2012 de 20 de abril del Consell por el que se regula venta no sedentaria en la Comunidad Valenciana; Ordenanza reguladora del ejercicio de la venta fuera del establecimiento comercial en su modalidad de venta no sedentaria
Ninguna
Para dar de baja la autorización de venta no sedentaria, el titular de la misma tendrá que estar al corriente en el pago de las deudas tributarias locales