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Sistemas de firma

La Sede Electrónica permite que los interesados puedan firmar por cualquiera de los medios principales citados en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

De acuerdo con la normativa reguladora y en base al principio de proporcionalidad, se determina el nivel de seguridad requerido para cada trámite.

Niveles de seguridad requeridos según el trámite:

  • Trámites de nivel ALTO:

    Firma electrónica reconocida del formulario y de los documentos aportados.

  • Trámites de nivel SUSTANCIAL:

    Firma electrónica ordinaria del formulario y de los documentos aportados.

  • Trámites de nivel BAJO:

    Los formularios y documentos aportados no se firman.