Solicitud de Licencia Ambiental, la cual una vez obtenida y finalizadas, en su caso, la construcción de las instalaciones y obras, con carácter previo al inicio de la actividad deberán presentar comunicación de puesta en funcionamiento ante el Ayuntamiento para obtener la Licencia de Apertura
Obtener el preceptivo instrumento de intervención ambiental en las actividades que se tramitan como Licencias Ambientales y Licencias de Apertura
Personas físicas o jurídicas
Según la Ley 6/2014, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunidad Valenciana
Registro General del Ayuntamiento de Alcoy o Sede Electrónica
Departamento de Licencias y Aperturas
6 meses, salvo que la licencia suponga conceder al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, tales como la utilización de la vía pública
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá Vd. interponer potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, en virtud de lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo previsto en los arts. 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá presentar cualquier otro recurso que estime procedente, advirtiéndole que, en todo caso, la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad del presente acuerdo
Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunidad Valenciana; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Sí. Autoliquidación
Se aportará instancia debidamente cumplimentada acompañada de la documentación. En el caso de que sea necesaria la realización de obras, deberá acompañarse el correspondiente proyecto que será tramitado conjuntamente con la Licencia Ambiental, con el fin de comprobar que estas se ejecutan y desarrollan de acuerdo con la normativa vigente. Asimismo, se acompañará copia de las autorizaciones o concesiones previas, o formalización de otros instrumentos, exigidas por la normativa sectorial, o copia de su solicitud cuando estén en trámite, contempladas en los artículos 12.3 y 15.2 de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental. Una vez obtenida la Licencia Ambiental, y finalizadas en su caso la construcción de las instalaciones y obras, con carácter previo al inicio de la actividad deberá presentarse la comunicación de puesta en funcionamiento de la actividad ante el Ayuntamiento, y se formalizará de acuerdo con el modelo establecido. Se acompañará la misma del Certificado emitido por técnico competente de la ejecución del Proyecto, en el que se especifique que la instalación y actividad se ajustan al Proyecto Técnico aprobado. Con carácter previo a la presentación de la solicitud de Licencia Ambiental, es preceptivo solicitar del Ayuntamiento, la expedición de un informe acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales relativas al mismo. En los supuestos de proyectos sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental, se presentará ante el órgano sustantivo ambiental (Ayuntamiento) solicitud, dirigida al órgano ambiental (Consellería), de sometimiento del Proyecto a evaluación de impacto ambiental, acompañada de un documento inicial del proyecto con el contenido mínimo y requisitos formales establecidos en la normativa de evaluación de impacto ambiental de proyectos